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Cinco de las preguntas más frecuentes de 2022 sobre las distribuciones benéficas cualificadas

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Las Distribuciones Benéficas Cualificadas, o "QCD", se están convirtiendo en una herramienta de planificación financiera y benéfica muy popular. Al mismo tiempo, las QCD son cada vez más fuente de confusión.

He aquí las respuestas a las preguntas más frecuentes que nos han formulado este año tanto asesores como donantes. Esté atento a estas y otras preguntas de los clientes, y no dude en ponerse en contacto con la fundación comunitaria para solicitar ayuda.

"¿Es una cuenta IRA (Individual Retirement Account) la única fuente elegible para las Distribuciones Benéficas Cualificadas?".

Respuesta corta: Casi.

Respuesta larga: Un particular puede realizar una Distribución Benéfica Cualificada directamente a una organización benéfica que reúna los requisitos desde una cuenta IRA tradicional o una cuenta IRA heredada. Si la empresa de la persona ya no contribuye a un plan de pensiones simplificado para empleados (SEP) o a un plan de ahorro incentivado para empleados (SIMPLE) IRA, la persona también puede utilizar esas cuentas. En teoría, podría utilizarse una cuenta Roth IRA para realizar una QCD, pero rara vez resulta ventajoso hacerlo porque las distribuciones de las cuentas Roth IRA ya están exentas de impuestos.

"¿Cuál es la diferencia entre un QCD y un RMD?"

Respuesta corta: Bastante. Pero un QCD puede contar para un RMD.

Respuesta larga: Todo el mundo debe empezar a realizar las Distribuciones Mínimas Obligatorias ("RMD") de sus planes de jubilación cualificados, incluidas las cuentas IRA, al cumplir los 72 años. Las RMD son ingresos imponibles. La Distribución Benéfica Cualificada, por el contrario, es una distribución directa de ciertos tipos de planes de jubilación cualificados (como las IRA) a ciertos tipos de organizaciones benéficas. Cuando un contribuyente sigue las reglas, una QCD puede contar para el RMD del contribuyente para ese año. Y como la QCD se destina directamente a una organización benéfica, el contribuyente no paga impuestos por esa distribución.

"¿Puedo realizar una Distribución Benéfica Cualificada aunque aún no esté obligado a realizar Distribuciones Mínimas Obligatorias?".

Respuesta breve: Sí, dentro de un margen de edad muy estrecho.

Respuesta larga: Tanto los RMD como los QCD son distribuciones que afectan a los contribuyentes en edad de jubilación, y parecería lógico que los umbrales de edad fueran los mismos. Sin embargo, en virtud de la Ley SECURE, la fecha exigida para iniciar los RMD se desplazó de los 70 ½ a los 72 años (lo cual es mejor para los contribuyentes que desean retrasar los ingresos imponibles). En cambio, no se modificó la edad a partir de la cual se pueden realizar QCD, que sigue siendo de 70 ½ años (lo que beneficia a los contribuyentes que desean acceder a los fondos de la cuenta IRA para realizar donaciones benéficas incluso antes de que se les exija realizar RMD).

Las normas del IRS para los QCD se recogen en la Sección 408 del Código de Rentas Internas y se resumen en las páginas 14 y 15 de la Publicación 590-B en su publicación Preguntas frecuentes del IRS.

"¿Puedo dirigir un QCD a mi fondo en YVCF?"

Respuesta corta: Sí, si se trata de un fondo admisible.

Respuesta larga: Mientras que los fondos asesorados por donantes no son receptores elegibles de Distribuciones Benéficas Cualificadas, otros tipos de fondos en YVCF pueden recibir QCDs. Estos fondos incluyen fondos designados, fondos no restringidos, fondos de campo de interés, fondos de becas y el Fondo de Fundadores de YVCF. ¿No está seguro de sus opciones? Estaremos encantados de guiarle a usted o a sus clientes para encontrar la mejor opción.

"¿Cuánto puedo dar a través de un QCD?"

Respuesta corta: 100.000 dólares al año.

Respuesta larga: Una Distribución Benéfica Cualificada le permite a usted (y a su cónyuge a partir de la propia cuenta IRA de su cónyuge o cuentas IRA) transferir hasta 100.000 $ cada año de una cuenta IRA (o varias cuentas IRA) a una organización benéfica cualificada. Por lo tanto, como pareja casada, usted y su cónyuge pueden optar a destinar hasta un total de 200.000 $ anuales a una obra benéfica desde sus cuentas IRA y evitar una importante carga fiscal.

Para más información, póngase en contacto con Heidi Pelletier en heidip@yakimavalleycf.org o en el 509-457-7616 ext 4.